Acuerdo FATCA en la práctica: Cuestiones generales

Hace poco publicamos en nuestro blog un post para refrescar de forma exprés todo lo relativo a la ley FATCA. Puedes verlo de nuevo aquí  Recordemos que FATCA es una ley fiscal estadounidense que pretende luchar contra el fraude fiscal y que es a través de acuerdos como cada país se ha ido adhiriendo a dicha normativa. España firmó un acuerdo con EEUU en 2014 y hoy queremos ahondar en cuestiones generales relativas a ese “acuerdo FATCA” que surgen una vez estamos aplicando dicha normativa. En su mayoría dichas cuestiones están muy relacionadas con la burocracia derivada de cumplir el acuerdo. Obligaciones derivadas del acuerdo FATCA (H3)  Todas las instituciones financieras que tengan cuentas de clientes con obligaciones fiscales en EEUU estás sujetas a cumplir el acuerdo FATCA. Pero hay matices. Es posible que una institución financiera española esté obligada a comunicar información y determine que no mantiene ninguna cuenta estadounidense sujeta a comunicación. Todo esto según las diligencias que indica el acuerdo FATCA. En ese caso, no estará tampoco obligada a presentar el modelo 290 aunque siga sujeta a cumplir el resto de obligaciones; sobretodo la de registrarse ante el organismo de la Administración tributaria estadounidense. Igualmente ocurre con instituciones que mantienen cuentas consideradas por FATCA como “productos exentos”. De nuevo se exonera la obligación de comunicación a través del modelo 290. ¿Qué ocurre con la obligación de registro en FATCA? (H3)  Registrarse ante el organismo de la Administración tributaria estadounidense es obligatorio si eres una institución financiera candidata según el acuerdo FATCA. Dicho registro se hace por medios telemáticos en la web  del Organismo de Administración Tributaria estadounidense (IRS), que ha creado específicamente a tal efecto. Recordemos que también es obligatorio el registro para las pequeñas instituciones financieras  españolas con clientela local que tengan obligación de comunicar información. No estarán obligadas a registrarse las entidades identificadas en el anexo II del Acuerdo, por ejemplo, los fondos de pensiones, así como las instituciones de inversión colectiva inmobiliaria que cumplan los requisitos previstos en el mismo. Según el acuerdo FATCA ¿cómo considerar si una cuenta bancaria es nueva? (H3) En este caso, el parámetro que nos sirve para identificarlo es la fecha de referencia. Se considera que una cuenta bancaria es nueva, independientemente si el titular es persona física o jurídica, a partir del 1 de julio de 2014 (fecha en la que se firma el acuerdo FATCA  entre España y EEUU). No obstante lo anterior, las cuentas nuevas que se hayan abierto con posterioridad a 30 de junio de 2014 por clientes que ya tuviesen otras cuentas en la institución financiera sujeta al acuerdo, podrán ser consideradas como cuentas preexistentes siempre y cuando se cumplan los requisitos previstos. ¿Qué dice FATCA del tipo de cambio aplicado a los saldos de cuentas con moneda distinta al dólar estadounidense? (H3) Cada institución financiera española obligada a comunicar información deberá convertir a dólares estadounidenses los umbrales expresados a lo largo del anexo I del Acuerdo. El tipo de cambio que aplicará será el último tipo de cambio publicado el año civil anterior a aquel en el que la institución financiera determine dicho saldo. Por ejemplo, los tipos de cambio que deben aplicarse en 2018 para cuentas financieras ya existentes cuyo saldo o valor esté expresado en moneda distinta al dólar estadounidense, serán los tipos de cambio publicados correspondientes al último día de 2017. Hasta aquí algunas cuestiones generales que van surgiendo cuando se pone en práctica el acuerdo FATCA que España firmó en su día con EEUU. Más adelante iremos resolviendo otras cuestiones similares y ahondando en dicho acuerdo. En CTI podemos ayudarte a implementar toda la normativa FATCA de forma fluida y sencilla. Conocemos de buena mano esta normativa porque ofrecemos un Servicio Integral para el cumplimiento de la normativa FATCA, en alianza con Deloitte e Informa. Si quieres estar en las mejores manos y no complicarte mucho la vida con FATCA, en CTI Soluciones estamos a tu disposición para que puedas contactarnos y analizar tu caso sin ningún tipo de compromiso.

CSO

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