¿En qué consiste la normativa FATCA?

La normativa FATCA (Ley de Cumplimiento Fiscal de Cuentas Extranjeras o Foreign Account Tax Compliance Act) tiene como propósito principal obligar a todas las entidades financieras a identificar, clasificar y reportar todas aquellas cuentas de clientes que tengan obligaciones fiscales en EEUU.

El acuerdo FATCA, firmado entre España y Estados Unidos el 14 de Mayo del 2013, entró definitivamente en vigor el 1 de Julio de 2014, y su principal objetivo es dotar a las administraciones de nuevas herramientas a nivel internacional para luchar contra el fraude fiscal.

Como complemento al mismo, se aprobó la orden por la que se regulan las cuestiones relacionadas con las obligaciones de información y diligencia por parte de las entidades financieras. A través de esta orden, se establece que aquellas instituciones financieras que mantengan relaciones con instituciones estadounidenses deberán registrarse ante el organismo de la Administración tributaria de EEUU, debiendo además presentar, en los casos correspondientes, la declaración informativa anual de cuentas financieras de determinadas personas estadounidenses a través del modelo 290.

.

 

¿Cuál es el objetivo del acuerdo FATCA?

El objetivo de este acuerdo es detectar y evitar la evasión fiscal de residentes y ciudadanos americanos que obtienen beneficios fuera de EEUU.

.

¿Cómo cumplir con la obligación de registro de la normativa FATCA?

El registro obligatorio puede realizarse por medios telemáticos a través de la página web del Organismo de Administración Tributaria estadounidense (IRS), la agencia federal del Gobierno de los EEUU encargada de la recaudación fiscal y el cumplimiento de las leyes tributarias del país.

Una vez registrada, a cada entidad financiera le es asignado un número GIIN (Global Intermediary Identification Number) que será utilizado para certificar el cumplimiento de todos los requerimientos del acuerdo. Este número de identificación de intermediario global, servirá también para identificarse ante los agentes de retención y las administraciones tributarias de informes FATCA,

.

 

¿Cuáles son las obligaciones que se derivan del acuerdo FATCA para las entidades?

El acuerdo FATCA establece dos tipos de obligaciones para las entidades financieras españolas: información de clientes y reporte de cuentas.

En efecto, la primera de las obligaciones establecidas por la normativa FATCA consiste en identificar a todos aquellos clientes estadounidenses que cumplan con las condiciones requeridas en el acuerdo, cuyos indicios serían:

  • Identificación de cualquier titular que sea residente o ciudadano americano.
  • Que en los datos de su cuenta, figure como lugar de nacimiento EEUU.
  • Existencia asociada a su cuenta una dirección postal de EEUU.
  • Órdenes de transferencias periódicas emitidas en España y dirigidas a una cuenta estadounidense.

La segunda obligación se refiere al reporte anual a la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) toda la información de las cuentas detectadas de ciudadanos estadounidenses. A tal efecto, se considera ciudadanos estadounidenses:

  • Personas con doble nacionalidad (estadounidense y otra)
  • Una sociedad, compañía, asociación o corporación creada o constituida en EEUU.
  • Personas físicas con pasaporte americano.
  • Ciudadanos americanos, aunque no residan en EEUU.

.

¿Cómo afecta la normativa FATCA a ciudadanos estadounidenses?

En caso de ser considerado ciudadano o residente americano, la entidad financiera solicitará información adicional mediante la cumplimentación de un formulario de auto-certificación o la presentación del modelo W9 de IRS. Dicho modelo W9 es un formato del gobierno de EEUU para acreditar el estado fiscal de la persona y obtener el TIN (número de identificación federal del contribuyente de EEUU).

.

¿Cómo afecta la normativa FATCA a ciudadanos no estadounidenses?

Para aquellas personas que no cumplan los requisitos para ser consideradas ciudadanas o residentes de EEUU, el acuerdo FATCA no tiene ningún efecto.

En el caso de que una entidad financiera no cuente con información suficiente para determinar si un ciudadano debe ser excluido, este deberá cumplimentar un auto-certificado que permita verificar si su cuenta tiene las obligaciones fiscales derivadas del acuerdo o no.

.

¿Qué ocurre si no se facilita la información requerida?

Si un cliente al que se le solicita la información necesaria para determinar su condición se niega a proporcionarla, la ley obliga a la entidad a considerar al cliente como reacio y a declarar todas sus cuentas a la AEAT con la consideración de ser reportadas y posteriormente remitir esa información a la IRS estadounidense.

Si quiere obtener información más detallada sobre el acuerdo FATCA o necesita la solución más completa de cumplimiento de la normativa, CTI Solucones, tenemos a su disposición un Servicio integral del cumplimiento de la normativa FATCA en alianza con Deloitte e INFORMA, una solución en la que ya han confiado la mayoría de entidades financieras y de banca españolas.

Si está interesado en la Solución FATCA, no dude en ponerse en contacto con nuestro departamento financiero para presentarle una propuesta a la medida de sus necesidades.

 

Servicios de pagos

Comentarios

CTI Soluciones

Estimado usuario, puede ponerse en contacto con nosotros a través del email: info@ctisoluciones.com. Nuestros consultores podrán atender su solicitud. Reciba un cordial saludo.
Vie, 20/12/2019 - 13:43 Enlace permanente